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Moción de Reconsideración de Determinaciones Finales | ||
![]() | Descripción | |
Solicitud para presentar una reconsideración por una parte adversamente afectada por una resolución de la Junta Revisora por un asunto de carácter discrecional. | ||
![]() | Detalles | |
Requisitos | ||
La parte adversamente afectada deberá completar la Moción de Reconsideración, documento que podrá ser radicado por internet o personalmente ante la Junta Revisora. Algunos de los requisitos de la solicitud son: 1. Número de caso ante OGPe 2. Fecha de la Notificación de la resolución de la OGPe 3. Fundamentos para solicitar la Reconsideración 4. El peticionario deberá cumplir con el requisito de Notificar a las Partes, asegurándose de obtener las copias certificadas para notificar a las partes y/o interventores, según lo establecido en el Artículo 12.7 - Reconsideración, de la Ley Núm. 161, Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, del 1ro de diciembre de 2009. 5. Deberá presentar evidencia de que notificó la Moción de Reconsideración a OGPe, Municipio Autónomo, Profesional Autorizado, partes con interés o que se opongan y al concesionario del permiso en caso de oposición. No se aceptarán solicitudes por fax ni por correo electrónico. | ||
Documentos Requeridos | ||
La parte afectada podrá presentar con la solicitud de revisión administrativa los siguientes documentos: 1. Fundamentos para solicitar la Reconsideración (PDF) 2. Documentos en apoyo a la solicitud (PDF) | ||
Costo | ||
No hay costo por este tipo de solicitud. | ||
Plazo de presentación de la solicitud | ||
La parte adversamente afectada por una resolución de la OGPe por un asunto discrecional deberá asegurarse que la radicación de la moción sea dentro del término de quince (15) días naturales desde la fecha de archivo en autos de copia de la notificación de la resolución de la OGPe. | ||
| Para radicaciones, favor dirigirse a |
| OGPE.PR.GOV |
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